El Consejo de Gobierno ha aprobado este martes la modificación del decreto 84/2014, de 20 de mayo, por el que se regulan las actividades formativas complementarias en los centros de Educación Infantil y Primaria y específicos de Educación Especial, sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Concretamente, la Consejería de Educación y Empleo considera que ha de modificarse el contenido de las bases reguladoras en cuanto al sometimiento al régimen de mínimos de estas ayudas, según informa la Junta de Extremadura en nota de prensa.
En este sentido, la Consejería entiende que deben quedar exentas del régimen de mínimos las ayudas concedidas a los centros concertados para la realización de las actividades formativas complementarias, por considerar que "en modo alguno tratan de amenazar la competencia, toda vez que para acceder a estas ayudas es necesario tener concierto educativo", y con ello "estar incluida en la red de enseñanza complementaria a los centros de titularidad pública".
Así, señala que imposibilitar el acceso de estos centros concertados a las ayudas convocadas, por mantenerlas en el régimen de mínimos, "determinaría un régimen de desigualdad entre la enseñanza pública y la concertada, que produciría la vulneración de un derecho fundamental".
Asimismo, se hace necesario realizar la adaptación del texto a las modificaciones introducidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa.
Por otra parte, el Consejo de Gobierno ha acordado la designación de la consejera de Educación y Empleo, Esther Gutiérrez, como Autoridad Autonómica de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, de acuerdo con el nuevo modelo organizativo y de actuación para la Inspección de Trabajo y Seguridad Social que configura la Ley 23/2015, de 21 de julio.
Entre otros aspectos, señala la Junta que mediante dicha ley se instituye la Autoridad Autonómica de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, que será el cargo designado por cada gobierno autonómico a quien la ley le encomienda, entre otras funciones, las de impulso, propuesta y supervisión de las actuaciones inspectoras respecto de las competencias autonómicas en su territorio.